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IFS y BRC

IFS y BRC: Auditorías sin anunciar en la revisión del 2016 ¿la conoce?

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IFS y BRC

Como para todos los sistemas de gestión, para los estándares IFS y BRC de seguridad alimentaria, las auditorías son un proceso que hay que pasar.

Es más, desde el momento en el que comienza la implementación, es una de las principales preocupaciones a las que se enfrentan los responsables del sistema de gestión de seguridad alimentaria de IFS y BRC, o de cualquier otro sistema de gestión, por supuesto.

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En este sentido, con las revisiones que se hicieron en el 2016 sobre los estándares IFS y BRC, vinieron las auditorías realizadas sin ser anunciadas previamente.

Mediante este tipo de auditorías, se generan muchas más opciones frente a la auditoría tradicional.

No obstante, este tipo de auditorías para los estándares IFS y BRC, han resultado ser un paso más frente a las necesidades o requerimientos de las empresas, en cuanto a seguridad o inocuidad alimentaria.

Además, se han convertido en herramientas objetivas para evaluar y hacer seguimiento de la mejora continua.

Así, en este artículo, queremos comentar cuáles son estas características tan particulares de las auditorías realizadas sin avisar en los estándares IFS y BRC, pero antes, comentaremos brevemente, qué es cada estándar.

IFS (International Featured Standard)

Se trata de una norma de seguridad alimentaria que ha sido reconocida por el GFSI (Global Food Safety Initiative), con objeto de auditar organizaciones que están vinculadas al sector alimentario, ya sea en su fabricación como en el empaquetado.

Fundamentalmente, su foco se centra en los productos procesados, y su objetivo es ofrecer una calidad y seguridad alimentaria a los mismos.

Auditorías IFS Food

En el caso de la IFS, publicó el Protocolo de auditorías sin anunciar, como documento específico que explica los fundamentos de este tipo de auditorías.

Su vigencia, establecida desde el 1 de octubre del mismo año, dio lugar a que cualquier auditoría realizada a partir de esa fecha, estaría sujeta a las condiciones establecidas en el Protocolo de Auditorías sin avisar.

No obstante, este mismo documento indica que la empresa tiene la opción de elegir si estas auditorías serán las tradicionales, es decir mediante aviso previo, o bien, que serán sin avisar, por lo cual, la empresa no conocerá cuándo se va a realizar la auditoría hasta el mismo momento en el que vaya a hacerse.

De todas maneras, para que este tipo de auditorías no se produzcan en un periodo vacacional o eventos concretos, las empresas tienen la opción de fijar un periodo de bloqueo.

En este caso, es preciso justificar documentalmente el por qué no pueden realizarse las auditorías en ese lapso de tiempo, que está fijado en 10 días como máximo.

Además de esto, las auditorías sin anunciar se llevan a cabo en un periodo determinado: entre 16 semanas antes o 2 semanas después de la fecha prevista para auditorías.

Por lo tanto, aunque es un plazo bastante amplio, al menos sirve de orientación para estar preparados ante la posible auditoría.

El aspecto realmente negativo de este tipo de auditorías, radica en la negación a realizar una de ellas.

En este caso, el certificado IFS será suspendido, siendo avisados los clientes que lo tengan como favorito y dejando constancia en el histórico de auditorías, además de asumir todos los costes derivados de tal incidencia.

Si esta situación tuviera lugar, la próxima auditoría deberá ser anunciada.

BRC Food(British Retail Consortium)

En el caso del estándar BRC Food, su enfoque es principalmente a distribuidores y minoristas, con la idea de ayudarles en cuanto a las obligaciones legales en material de seguridad alimentaria, para garantizar la mayor protección posible al consumidor.

Para ello, establece los puntos críticos de control en sus procesos.

Auditorías BRC Food

Para BRC, se aplica específicamente a envases, y se divide en dos opciones, con la intención de ofrecer a la empresa opciones en función de sus necesidades.

  • Opción 1: se realiza una sola auditoría que comprenderá todos los requisitos de la norma. Al igual que en IFS, tiene un plazo para su realización, que es entre los meses 3 y 12 de la fecha de vencimiento para la auditoría anunciada.

El periodo de bloqueo, en este caso, será de 15 días, y también bajo justificación.

  • Opción 2: tendrá dos partes.

En la primera parte, se consideran aquellos aspectos referentes a las buenas prácticas de fabricación.

Y en la segunda parte, se lleva a cabo una auditoría planificada, que se focalizará en la documentación y los registros.

Tendrá lugar entre el segundo al sexto mes antes del vencimiento del plazo para realizar la auditoría, de manera que cualquier No Conformidad detectada, podrá resolverse antes de la siguiente auditoría sí programada.

El periodo de bloqueo será de 10 días.

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Los estándares IFS y BRC son los habitualmente implementados en las empresas, junto con la norma ISO 22000.

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